Panorama Suizo 3/2021

Panorama Suizo / Junio de 2021 / Nº3 14 Sociedad STÉPHANE HERZOG ¿Se puede multar y encarcelar a una persona por el simple hecho de exten- der lamano a los transeúntes? El 19 de enero, el Tribunal Europeo de De- rechos Humanos (TEDH) decidió por unanimidad que esta práctica violaba el artículo 8 de su Carta, el cual reco- noce el derecho al respeto de la vida privada y familiar. “Encontrándose en situación de manifiesta vulnerabili- dad, la demandante —una mujer ro- maní— tenía el derecho, inherente a la dignidad humana, de expresar su angustia e intentar remediar sus nece- sidades a través de la mendicidad”, falló el Tribunal. Debido a su incapa- cidad de pagar varias multas por men- dicidad de unmonto total de 500 fran- cos, doña Lacatus cumplió enGinebra una condena de prisión de cinco días. Esto sucedió en 2015. La sanción es grave, estima el TEDH. “Habida cuenta de la situación precaria y vulnerable de la demandante, la imposición de una pena privativa de libertad [...] puede incrementar aún más [su] an- gustia y vulnerabilidad.” El Tribunal condenó a la ciudad de Ginebra a pa- gar 992 euros por dañosmorales a esta mujer originaria de Rumanía. Sorprendentemente, en 2008, el Tribunal Supremo Federal de Suiza había casi anticipado las conclusiones del TEDH, al estimar que el derecho a mendigar debe “considerarse clara- mente como [...] parte inmanente de la libertad personal garantizada por la Constitución”. Los jueces suizos con- cluyeron finalmente que esta prohibi- ción descansaba sobre un fundamento legal. Para Ginebra, la prohibición de mendigar buscaba salvaguardar el or- den, la seguridad y la tranquilidad pública. Mendigar no significa alterar el orden público El TEDH no se limitó a revocar los sucesivos fallos de la justicia ginebrina y del Tribunal Supremo Federal en contra de la demandante. En sus co- mentarios, el Tribunal también atacó el artículo del código penal ginebrino, votado a finales de 2007, que castiga con multa toda forma de mendicidad. Asimismo, los jueces estimaron que la mendicidad no representa alteración alguna del orden público, sino que causa, a lo sumo, un malestar moral. Finalmente, el argumento de que la persecución de los mendigos apun- taría a combatir las redes mafiosas — loque Suiza noha podidodemostrar—, es problemático. Para el TEDH, los ro- maníesmás bien parecen ser víctimas. La abogada de los romaníes felicitada y amenazada El 19 de enero, cuando se dio a conocer esta decisión, la abogada Dina Bazar- bachi, quien desde hace 14 años defi- ende a los romaníes en Ginebra, se emocionó: “Dos semanas antes del anuncio temía que fuésemos a perder el juicio, lo cual hubiese tenido conse- cuencias perjudiciales sobre lamanera como los romaníes son tratados en Eu- ropa.” El fallo del TEDH, cuya jurispru- dencia se aplica en los 47 países miem- ¿Multas por mendigar? El Tribunal Europeo falla en contra de la justicia suiza Un fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos puso fin a las multas por mendicidad en Ginebra. Esta decisión, fundada en el encarcelamiento de una mujer romaní, tiene repercusiones internacionales. Una mendiga romaní en Ginebra muestra lo que ha recolecta- do. La policía gineb- rina confiscaba tam- bién los ingresos de los mendigos ro- maníes, hasta que se aprobó la sentencia del TEDH. Foto Eric Roset, Ginebra

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